Cuando se cae el Estado digital
En mayo de 2025 la DIAN reconoció que su plataforma llevaba días caída y amplió el plazo para declarar renta. Lo hizo porque una norma se lo permite, no porque exista un derecho general a que el tiempo se detenga cuando el sistema falla. Esa diferencia es el problema de fondo.
El 13 de mayo de 2025 la DIAN emitió el Comunicado de Prensa 047: sus servicios informáticos llevaban un día caídos y no había fecha de regreso. La indisponibilidad se extendió hasta el 23 de mayo, cuando la entidad la levantó mediante el Comunicado 052 y la Resolución 000213. Diez días, en plena temporada de declaración de renta de personas jurídicas.
Quien tenía plazo entre el 12 y el 23 de mayo pudo declarar y pagar sin sanción ni intereses hasta el 26 de mayo a las 11:59 p.m. La entidad abrió puntos de atención en 47 sedes el sábado 24. Tres días después volvió a fallar: entre las ocho de la noche del 26 de mayo y la una de la madrugada del 27, un servidor externo tumbó el formulario 110. A quienes vencían ese día les dieron plazo hasta el 28. Dos contingencias en dos semanas.
La válvula que solo abre la DIAN
Nada de esto fue generosidad discrecional. El artículo 579-2 del Estatuto Tributario le da a la DIAN la facultad de declarar una contingencia cuando sus servicios informáticos no están disponibles, y de correr los plazos hasta el día hábil siguiente al restablecimiento. Es una válvula real, y la usó dos veces en mayo. También es una válvula que solo abre si la DIAN decide abrirla: la norma no dice que el plazo se suspende cuando el sistema falla, dice que la entidad puede declarar que falló, y mientras no lo declare, el plazo sigue corriendo aunque la página esté en blanco.
Dos exdirectores de la entidad explicaron por qué esto se repite. Lisandro Junco dijo que el Muisca, el sistema tributario, y el Syga, el aduanero, tienen más de veinte años y no fueron pensados para el volumen de datos que manejan hoy. En 2020 calculó el costo de modernizarlos en 250 millones de dólares, con financiación prevista del BID. Cinco años después, seguían corriendo sobre la misma base.
Sin válvula: el resto del Estado digital
El SECOP II no tiene un artículo 579-2. Cuando la plataforma de contratación pública se cae, no existe una norma que abra automáticamente una ventana de gracia para todos los procesos del país: mover el cronograma de una licitación específica, mediante adenda, es una decisión de cada entidad compradora. Colombia Compra Eficiente publica un protocolo de indisponibilidad, pero el protocolo describe un procedimiento, no un derecho.
El 24 de julio de 2025, el director de la agencia, Cristóbal Padilla, defendió la plataforma ante las quejas: dijo que en lo corrido del año solo se habían registrado dos caídas, una de nueve horas en marzo y otra de 57 minutos el 22 de julio, frente a más de treinta quejas diarias en años anteriores. El concejal de Bogotá Daniel Briceño respondió que el problema empezó cuando la entidad migró de servidores en la nube a servidores locales. Dos versiones del mismo sistema, y el conteo de caídas lo hace quien administra la plataforma.
En marzo de este año le tocó al Ministerio TIC. Reportó una falla no programada en Mi Colombia Digital, la plataforma que sostiene las sedes electrónicas de decenas de entidades y se conecta con el portal de trámites, el SECOP y la carpeta ciudadana. La respuesta oficial fue un plan de mejora de arquitectura. No una compensación. No un plazo. Un plan.
Lo que no se mide no se exige
Existe una política pública sobre esto. El Decreto 1008 de 2018 fijó los lineamientos generales de la Política de Gobierno Digital; el Decreto 767 de 2022 la actualizó y le agregó dos principios que hablan justamente de continuidad: proactividad, que obliga a las entidades a anticipar riesgos de disponibilidad, y resiliencia tecnológica, que las obliga a propender por la disponibilidad de sus activos y la recuperación del servicio frente a interrupciones. Son principios de gestión interna. Le dicen a la entidad qué debe planear. No le dan a un ciudadano con un plazo vencido una acción para exigir que los haya cumplido.
Colombia sí mide su desempeño en gobierno digital: el Índice de Gobierno Digital le puso 81,9 sobre 100 al conjunto de entidades nacionales en 2024, con el Ministerio de Salud arriba en 97,19. Es un índice sobre digitalización, servicios proactivos y datos abiertos. En ninguna de las fuentes públicas que revisé aparece cuántas horas al año estuvo caído cada trámite. Que la DIAN falló se supo porque los contadores lo denunciaron en redes y los medios lo cubrieron. Que el SECOP falló dos veces en 2025 se supo porque su propio director lo dijo en una entrevista, no porque la agencia publique esa cifra por iniciativa propia.
La pregunta que vale la pena hacerse no es si hubo falla técnica. Casi siempre la hay, y casi siempre es real: un sistema de veinte años no aguanta el pico de mayo. La pregunta es quién decidió que usted seguía a tiempo. En el caso de la DIAN, alguien lo decidió por escrito, con fecha y con número de resolución. En la mayoría de los demás servicios digitales del Estado, esa decisión no está escrita en ninguna parte, porque no hace falta escribirla: si nadie declara la contingencia, el plazo nunca dejó de correr. El riesgo de una infraestructura que usted no eligió, no diseñó y no puede auditar lo sigue cargando usted, salvo que alguien, un día cualquiera, decida ponerlo por escrito.
Declaración de interés: el autor fue director de la Agencia Nacional Digital hasta octubre de 2023 y, previamente, jefe de la oficina de informática del Fondo Nacional del Ahorro. Esta columna examina la disponibilidad de las plataformas digitales del Estado, un terreno cercano al que ocupó en esos cargos.
Fuentes consultadas
DIAN, Comunicado de Prensa 052 de 2025 (restablecimiento del servicio) (https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Comunicado-de-Prensa-052-2025.aspx) · Estatuto Tributario, artículo 579-2 (fundamento legal de la contingencia) (https://estatuto.co/579-2) · El País (Cali): el director de Colombia Compra Eficiente responde a las denuncias por caídas del SECOP (https://www.elpais.com.co/licita/secop-responde-a-las-denuncias-por-caidas-en-el-sistema-hay-que-cambiarla-2454.html) · Decreto 1008 de 2018, texto oficial (Función Pública, Gestor Normativo) (https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=186766) · MinTIC: falla en la plataforma Mi Colombia Digital y plan de mejora (marzo de 2026) (https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/Sala-de-prensa/Noticias/429193:Ministerio-TIC-reporta-falla-en-plataforma-Mi-Colombia-Digital-y-anuncia-plan-de-mejora-para-fortalecer-el-servicio)
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